Intentamos ofrecer en esta guía una visión sobre cuando una operación se entiende realizada en territorio del IVA español, quedando sujeta a este Impuesto en España.
El derecho a deducir las cuotas soportadas del IVA en la adquisición de bienes y servicios, constituye la característica esencial de este Impuesto, haciéndolo neutral para empresarios y profesionales, con la finalidad de que la
Ofrecemos aquí un esquema lo más sencillo pero completo posible sobre los requisitos para la aplicación de este régimen especial, la forma de autoliquidar el impuesto dentro del mismo y las obligaciones formales de
En este guía se contiene un resumen de cada una de las obligaciones de declaración informativa: obligados a presentarla, periodicidad o plazo de presentación, contenido, forma de presentación, etc.
El devengo es el momento en el que se entiende realizado el hecho imponible y en el que se produce el nacimiento de la obligación tributaria principal.
En esta guía se analiza el mecanismo y distintos supuestos en los que se produce la inversión del sujeto pasivo en el ámbito del IVA, pasando a ser el destinatario de la operación el obligado al pago y cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Es opcional para los sujetos pasivos si bien, una vez ejercitada la opción, se aplicará a todas las operaciones realizadas por aquel, sin perjuicio de las exclusiones que establece la propia Ley del IVA.
Se trata de un régimen obligatorio para las agencias de viajes y para los organizadores de circuitos turísticos que actúen en nombre propio respecto del viajero, cuando utilicen en la realización del viaje bienes y servicios prestados por otros
A partir del 2009, junto a este régimen general de devoluciones, se aprobó una nueva regulación que permite la posibilidad de aplicar un sistema de devolución mensual.
Se aplica el IVA cuando quien transmite es empresario o profesional y se aplica el concepto “Transmisiones Patrimoniales Onerosas” (TPO) del ITP y AJD cuando quien transmite es un particular.
Se trata de un régimen especial aplicable a los servicios electrónicos prestados por empresarios de países terceros para destinatarios que no sean sujetos pasivos del IVA y que estén establecidos en la UE.
Es un régimen voluntario que se caracteriza por el hecho de que los empresarios o profesionales incluidos en el mismo no tienen obligación de repercutir ni de ingresar el IVA.
Se consideran bienes de inversión, los bienes corporales, muebles, semovientes o inmuebles que por su naturaleza y función, estén normalmente destinados a ser utilizados por un periodo de tiempo superior a un año como instrumentos de trabajo, o
El análisis tanto de las reglas de prorrata como del sistema de deducciones de los sectores diferenciados es objeto de tratamiento en el presente curso.
Dado que no existe un régimen homogéneo del tratamiento fiscal de los impagados en los distintos impuestos analizaremos de forma diferenciada lo que sucede en el IRPF, en el IS y en el IVA.
El presente curso aborda la regulación que, sobre las obligaciones de facturación que contiene el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, que lleva a cabo la trasposición de las normas contenidas en la Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio de
Este régimen especial se establece con la finalidad de descargar, en la medida de lo posible, a los comerciantes minoristas, de la mayor parte de sus obligaciones formales, así como de las correspondientes a la gestión y liquidación del IVA.
Analizaremos en este curso cada uno de los supuestos que se contemplan por la ley, aludiendo asimismo a cuál es el devengo y cómo se configura la base imponible en cada uno de los supuestos.