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Guías jurídicas para asesores fiscales

Régimen especial de criterio de caja

Este régimen comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2014 

Este régimen comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2014. 

Es opcional para los sujetos pasivos si bien, una vez ejercitada la opción, se aplicará a todas las operaciones realizadas por aquel, sin perjuicio de las exclusiones que establece la propia Ley del IVA.

ÍNDICE
  1. NORMATIVA APLICABLE
  2. ÁMBITO SUBJETIVO DEL RÉGIMEN:
    1. SUJETOS QUE LO PUEDEN APLICAR,
    2. OPCIÓN, RENUNCIA Y CAUSAS DE EXCLUSIÓN
    3. RENUNCIA A LA APLICACIÓN DEL RECC
    4. EXCLUSIÓN DEL RECC
    5. EFECTOS DE LA RENUNCIA O EXCLUSIÓN DEL RECC
  3. CONTENIDO DEL RÉGIMEN SUJETOS PASIVOS ACOGIDOS AL CRITERIO DE CAJA:
    1. DEVENGO DEL IMPUESTO
    2. REPERCUSIÓN DEL IMPUESTO
    3. DERECHO A LA DEDUCCIÓN DEL IVA SOPORTADO
  4. NORMAS ESPECÍFICAS APLICABLES EN EL RÉGIMEN ESPECIALPOR DECLARACIÓN DE CONCURSO
  5. OBLIGACIONES FORMALES:
    1. REGISTRALES
    2. FACTURACIÓN
    3. INFORMACIÓN

Fecha edición de la Guía: 
  • Enero de 2018


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