Ganancias y pérdidas por transmisión de acciones y participaciones
En el IRPF, el cálculo del importe a declarar como ganancia o pérdida obtenida por la transmisión “inter vivos” de acciones o participaciones sociales, es distinto en función de su cotización o no en mercados secundarios oficiales, o del tipo de sociedad en la que se participa, o incluso a su fecha de adquisición, por la posible aplicación del régimen transitorio vigente.
También afecta a dicho cálculo el tipo de transmisión realizada: compraventa, permuta, donación, por reducción de capital, por disolución social, por operaciones de reestructuración empresarial, por transformación social e incluso por exclusión de socios.
Aquí ofrecemos una visión global de todos los conceptos y elementos tributarios que intervienen en el cálculo a realizar, para llegar a determinar la renta fiscal que se debe declarar en IRPF por la transmisión “inter vivos” de acciones y participaciones sociales.
ÍNDICE
- TRANSMISIÓN DE ACCIONES NEGOCIADAS.
- TRANSMISIÓN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES NO NEGOCIADAS.
- TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIONES O ACCIONES EN IIC.
- REDUCCIÓN DE CAPITAL CON DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES.
- TRANSMISIÓN POR FUSIÓN, ESCISIÓN Y CANJE DE VALORES.
- TRANSMISIÓN POR TRANSFORMACIÓN SOCIETARIA.
- TRANSMISIÓN POR DISOLUCIÓN SOCIAL O SEPARACIÓN DE SOCIO.
- TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIÓN EN SOCIEDAD PATRIMONIAL.
- TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIÓN EN SOCIEDAD TRANSPARENTE.
- EXENCIÓN POR DONACIÓN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES.
Guía editada en agosto 2011