El registro de devolución mensual del IVA
El procedimiento general de devolución, vigente hasta el 1 de enero de 2009, permitía la solicitud de devoluciones al final de cada período de liquidación a un grupo reducido de sujetos pasivos (grandes empresas, exportadores, exportadores grandes empresas).
En el resto de los casos, las solicitudes de devolución quedaban diferidas a la declaración que debía presentarse en el último período de liquidación, es decir, a final de año.
A partir del 2009, junto a este régimen general de devoluciones, con solicitud a final de año del saldo pendiente, se aprobó una nueva regulación que permite la posibilidad, para aquellos contribuyentes que opten por ello, de aplicar un sistema de devolución mensual.
ÍNDICE
- INTRODUCCIÓN
- QUIÉNES PUEDEN ACOGERSE AL RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN MENSUAL
- CARACTERÍSTICAS
- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REDEME
- PLAZO PARA SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN
- PLAZO DE RESOLUCIÓN
- PERMANENCIA
- BAJA
- EXCLUSIÓN
- OBLIGACIONES ACCESORIAS
- DEVOLUCIÓN
Fecha de edición: octubre de 2017.
Contenidos