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Guías jurídicas para asesores fiscales

Régimen especial de las Agencias de Viaje

La especialidad de este régimen consiste en sustituir el mecanismo de deducciones de cuota a cuota por el de deducción de base sobre base

Se trata de un régimen obligatorio para las agencias de viajes y para los organizadores de circuitos turísticos que actúen en nombre propio respecto del viajero, cuando utilicen en la realización del viaje bienes y servicios prestados por otros empresarios y profesionales.

La especialidad de este régimen consiste en sustituir el mecanismo de deducciones de cuota a cuota por el de deducción de base sobre base.

ÍNDICE
  1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
  2. EXCLUSIONES DEL RÉGIMEN
  3. FUNCIONAMIENTO
  4. REPERCUSIÓN DEL IMPUESTO
  5. EXENCIONES
  6. LUGAR DE REALIZACIÓN DEL HECHO IMPONIBLE
  7. BASE IMPONIBLE
  8. NO APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL
  9. DEDUCCIONES
  10. OBLIGACIONES FORMALES Y REGISTRALES





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