Régimen especial de las Agencias de Viaje
La especialidad de este régimen consiste en sustituir el mecanismo de deducciones de cuota a cuota por el de deducción de base sobre base
Se trata de un régimen obligatorio para las agencias de viajes y para los organizadores de circuitos turísticos que actúen en nombre propio respecto del viajero, cuando utilicen en la realización del viaje bienes y servicios prestados por otros empresarios y profesionales.
La especialidad de este régimen consiste en sustituir el mecanismo de deducciones de cuota a cuota por el de deducción de base sobre base.
ÍNDICE
- ÁMBITO DE APLICACIÓN
- EXCLUSIONES DEL RÉGIMEN
- FUNCIONAMIENTO
- REPERCUSIÓN DEL IMPUESTO
- EXENCIONES
- LUGAR DE REALIZACIÓN DEL HECHO IMPONIBLE
- BASE IMPONIBLE
- NO APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- DEDUCCIONES
- OBLIGACIONES FORMALES Y REGISTRALES
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