Análisis de una sentencia dictada por el TSJ de Madrid, por lo cual se admite la exención en IRPF de las prestaciones percibidas por manternidad, abriendo la posibilidad de solicitar su devolución.
Tras la reforma tributaria del IRPF llevada a cabo en 2014 se prevé que la retribución de socios profesionales sea calificada como rendimientos de actividades económicas.