El 1 de enero de 2018 ha entrado en vigor la modificación llevada a cabo por la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de reformas del trabajo autónomo, por la cual, entre otras cosas, contenía una modificación respectos de los gastos deducibles en IRPF.
El Supremo admite que se tenga en cuenta el valor comprobado por la CCAA a efectos del ITPAJD como valor de adquisición a efectos del IRPF para el cálculo de la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de un inmueble.
A través del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo se introduce el tratamiento fiscal de las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas suelo.