Régimen de estimación directa
Son rendimientos íntegros de actividades económicas aquéllos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
En esta Guía, en primer lugar, tratamos de concretar de forma resumida el concepto de actividad económica, en su doble vertiente de actividad empresarial y de actividad profesional. Así como su diferenciación de otras fuentes de rendimientos en el I.R.P.F.
Y en segundo lugar, se describen resumidamente las características más esenciales del régimen de estimación directa de bases imponibles procedentes de actividades económicas.
ÍNDICE
- CONCEPTO DE ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL I.R.P.F.
- ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y ACTIVIDAD PROFESIONAL.
- EL CRITERIO DE AFECTACIÓN A LA ACTIVIDAD: ELEMENTO AFECTO.
- MÉTODOS DE DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO.
- LA ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL.
- LA ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA.
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