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Guías Jurídicas para asesores fiscales

Regla de prorrata y los sectores diferenciados

La prorrata es un porcentaje cuya finalidad es determinar en qué cuantía pueden ser objeto de deducción las cuotas soportadas en las adquisiciones efectuadas en una misma actividad cuando se realicen simultáneamente, operaciones sujetas al IVA y operaciones no sujetas o exentas de él.

La Ley del IVA permite a los sujetos pasivos deducir las cuotas soportadas en las adquisiciones o importaciones de bienes y servicios, siempre que se trate de operaciones sujetas y no exentas del impuesto. 

Cuando los bienes o servicios adquiridos se emplean tanto para operaciones que originan el derecho a deducir, como de actividades que no lo permiten se aplican las reglas de prorrata. Asimismo, una actividad empresarial o profesional puede estar comprendida por diversas actividades económicas que constituyan sectores diferenciados entre sí, debiéndose aplicar con total independencia el régimen de deducciones para cada sector. 


ÍNDICE

  1. Introducción
  2. Reglas de prorrata
    1. Concepto
    2. Modalidades de prorrata
    3. Prorrata general
    4. Prorrata especial
  3. Prorrata en caso de sectores diferenciados de la actividad


MUESTRA DEL CURSO


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Dra. Dña. Elvira Consuelo Martínez Giménez
Dra. Dña. Marta Marcos Cardona
Dra. Dña. Mª del Mar de la Peña Amoróso

Profesoras de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Murcia

Duración: 15 minutos aprox.

Precio: Gratuito

Edición: Marzo 2013



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