Criterios de imputación temporal en el IS
¿Cuándo se entienden obtenidos los ingresos o realizados los gastos y, por tanto, en la base imponible de qué periodo impositivo deben los mismos incluirse?
Los criterios de imputación temporal que son objeto de análisis en esta guía tratan de dar respuesta a la siguiente cuestión: ¿Cuándo se entienden obtenidos los ingresos o realizados los gastos y, por tanto, en la base imponible de qué periodo impositivo deben los mismos incluirse?
La regulación de estos criterios de imputación temporal de los ingresos y los gastos se encuentra recogida básicamente en el artículo 19 del TRLIS, donde se recogen las reglas generales de imputación y un conjunto de reglas especiales en relación con supuestos concretos.
ÍNDICE
- REGLAS GENERALES DE IMPUTACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS
- CRITERIOS ESPECIALES DE IMPUTACIÓN TEMPORAL APROBADOS POR LA ADMINISTRACIÓN A PROPUESTA DEL SUJETO PASIVO
- EXCEPCIONES A LA REGLA GENERAL DE IMPUTACIÓN TEMPORAL DERIVADAS DEL PRINCIPIO DE INSCRIPCIÓN CONTABLE
- REGLAS ESPECIALES
- OPERACIONES A PLAZOS
- DOTACIONES A FONDOS INTERNOS PARA COMPROMISOS DE PENSIONES
- RECUPERACIÓN DE VALOR DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL PROVISIONADO
- RECUPERACIÓN EN EL CORTO PLAZO DE ELEMENTOS PATRIMONIALES DEL INMOVILIZADO TRANSMITIDOS CON PÉRDIDAS
- ADQUISICIONES DE ELEMENTOS A TÍTULO LUCRATIVO. TRATAMIENTO ESPECÍFICO DE LAS SUBVENCIONES
- PROVISIONES NO APLICADAS A SU FINALIDAD
- RENTAS IMPUTADAS POR CONTRATOS DE SEGUROS DE VIDA
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