Modelo 233: declaración informativa gastos en guarderías
El plazo de presentación del modelo 233 será el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.
La Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 estableció una deducción adicional para las madres asalariadas o autónomas con hijos menores de tres años que satisficieran gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Para ello se habilitó el Modelo 233, a través del cual las guarderías o centros infantiles autorizados informan sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción por maternidad.
Por lo tanto, la Declaración informativa por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados -modelo 233- deben presentarla EXCLUSIVAMENTE, las guarderías o centros de educación infantil autorizados, no los progenitores.
Por tanto, para la práctica de esta deducción estatal no es necesario aportar por parte de la madre ningún justificante emitido por la guardería o centro de educación infantil autorizado. Solamente es necesario que la guardería o centro de educación infantil autorizado presenten correctamente la declaración informativa, modelo 233.
CONTENIDO DE ESTE MODELO
Según especifica la propia AEAT en su página web, el contenido de esta declaración informativa es el siguiente:
- Datos identificativos:
- Identificación (NIF, nombre y apellidos) de la madre o persona que tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva.
- Identificación (NIF, nombre y apellidos) del otro progenitor.
- Identificación (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y, en su caso, NIF) del menor de 3 años.
También se incluirán los menores de 3 años inscritos en el centro que cumplan tres años en el ejercicio: en este caso la información se ampliará a los meses posteriores al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
- Se indicarán los meses completos en la guardería/centro de educación infantil.
Se entienden incluidos los meses contratados por completo aun cuando parte de los mismos tengan el carácter de no lectivos.
- Gastos anuales pagados a la guardería/centro de educación infantil.
En este campo se consignará el importe total de la guardería, independientemente de que una parte de este importe esté subvencionado o sea satisfecho por la empresa en la que trabaje cualquiera de los progenitores o tutores.
- Importe subvencionado: aquí se consignará el importe subvencionado que se abone directamente a la guardería/centro de educación infantil autorizado.
PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación del modelo 233 será el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.
El modelo 233 se presenta por Internet mediante:
- certificado electrónico o DNIe
- personas físicas: alternativamente con Cl@ve,
Las entidades privadas que posean más de un centro autorizado deberán presentar una declaración informativa (en este caso se consignará en el campo "Autorización del centro" el número o código de autorización de cualquiera de los centros cuyos menores se consignan en la declaración).
Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de presentar una primera declaración informativa (consignando el código de autorización del centro y los menores custodiados en dicho centro) y posteriormente, y siempre dentro del plazo de presentación, presentar tantas complementarias (complementarias por adición) como se considere necesario para completar la información del NIF/obligado tributario (con la información de todas sus operaciones con independencia del centro autorizado en el que se realicen).
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