La Ley 7/2012 se remite directamente al artículo 34.2 del Real Decreto 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo para definir qué considera “efectivo”.
Este régimen especial se establece con la finalidad de descargar, en la medida de lo posible, a los comerciantes minoristas, de la mayor parte de sus obligaciones formales, así como de las correspondientes a la gestión y liquidación del IVA.
Analizaremos en este curso cada uno de los supuestos que se contemplan por la ley, aludiendo asimismo a cuál es el devengo y cómo se configura la base imponible en cada uno de los supuestos.
En el presente curso se examina la recepción de los principios y garantías constitucionales del orden penal por el Derecho tributario sancionador, partiendo de la identidad ontológica entre delitos e infracciones administrativas.