El Supremo admite que se tenga en cuenta el valor comprobado por la CCAA a efectos del ITPAJD como valor de adquisición a efectos del IRPF para el cálculo de la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de un inmueble.
Finalmente el TC ha dictado sentencia declarando la inconstitucionalidad de los preceptos de la normativa estatal (Ley de Haciendas Locales) por los que se grava la plusvalía generada por las transmisiones de inmuebles sin incremento de valor.
El contrato fijo-discontinuo se concierta para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.